El 18 de enero de 2012, en la provincia de Lima, los periodistas de Villa Televisión, Canal 45, fueron agredidos por un grupo de seguidores del ex alcalde del distrito de Villa El Salvador, Santiago Mozo Quispe.
La agresión ocurrió en los exteriores del local del Jurado Nacional de Elecciones. Los periodistas intentaban cubrir una manifestación en contra el ente electoral que confirmó la vacancia al cargo de Mozo Quispe.
Los atacantes acusaron a los periodistas de informar contra el ex alcalde y trataron de impedir su labor periodística. Les insultaron y golpearon, les arrojaron agua e intentaron quitarles sus equipos. En el forcejeo, uno de los micrófonos utilizados par la cobertura fue destruido.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró la vacancia de Santiago Mozo Quispe al cargo de alcalde del distrito de Villa El Salvador y dejó sin efecto la credencial que le otorgó al ganar las elecciones municipales del año 2010. La decisión se dio por ejercer el cargo teniendo una condena por el delito de defraudación tributaria. La autoridad incurrió en la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades.
La agresión ocurrió en los exteriores del local del Jurado Nacional de Elecciones. Los periodistas intentaban cubrir una manifestación en contra el ente electoral que confirmó la vacancia al cargo de Mozo Quispe.
Los atacantes acusaron a los periodistas de informar contra el ex alcalde y trataron de impedir su labor periodística. Les insultaron y golpearon, les arrojaron agua e intentaron quitarles sus equipos. En el forcejeo, uno de los micrófonos utilizados par la cobertura fue destruido.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró la vacancia de Santiago Mozo Quispe al cargo de alcalde del distrito de Villa El Salvador y dejó sin efecto la credencial que le otorgó al ganar las elecciones municipales del año 2010. La decisión se dio por ejercer el cargo teniendo una condena por el delito de defraudación tributaria. La autoridad incurrió en la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades.
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Esta alerta es responsabilidad de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú.
Para mayor información contactar con Roberto Mejía Alarcón, responsable de la Oficina de los Derechos Humanos del Periodista; Zuliana Lainez y Juana Valderrama. Jirón Huancavelica 320, oficina 504, Lima-Perú. Tel (511) 4270687.