El 7 de abril de 2010, en la provincia de Ilo, región Moquegua, el periodista Enrique Lazo Flores, director del diario "La Región," fue condenado a 18 meses de prisión suspendida por el presunto delito de difamación en agravio de Renato Ascuña Chavera, Consejero del Gobierno Regional.
Jenrry Daivy Corrales, juez del Primer Juzgado Unipersonal de Ilo, en su falló argumenta que Lazo Flores "va más allá de su labor de periodista", cuando ante la opinión pública informa y critica la conducta del funcionario público.
Al respecto, el periodista manifiesta "el juez no valoró debidamente las pruebas ofrecidas y su fallo no es expresión de convicción, pues, sustenta certeza de verdad sobre aspectos subjetivos". Refiere, además que "debió asumir un juicio ponderativo" ante lo que considera crítica ofensiva en contra del consejero, "ello le hubiera permitido evaluar las circunstancias que justifican mi actuación como periodista", dijo.
El diario la Región divulgó el Acuerdo Regional N° 25-2009-GR/GRM, que ordenó la suspensión de Ascuña Chavera al cargo de Consejero Delegado y Consejero Regional del Gobierno Regional por indisciplina e incumplimiento de funciones. También, publicó críticas que el periodista hace sobre la conducta del funcionario.
El periodista impugnó la sentencia y espera que en instancia superior se remedie el error judicial.
Sobre críticas ofensivas contra funcionarios públicos, precisa el artículo 11 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión ratificada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, "las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos (...) atentan contra la libertad de expresión".
Jenrry Daivy Corrales, juez del Primer Juzgado Unipersonal de Ilo, en su falló argumenta que Lazo Flores "va más allá de su labor de periodista", cuando ante la opinión pública informa y critica la conducta del funcionario público.
Al respecto, el periodista manifiesta "el juez no valoró debidamente las pruebas ofrecidas y su fallo no es expresión de convicción, pues, sustenta certeza de verdad sobre aspectos subjetivos". Refiere, además que "debió asumir un juicio ponderativo" ante lo que considera crítica ofensiva en contra del consejero, "ello le hubiera permitido evaluar las circunstancias que justifican mi actuación como periodista", dijo.
El diario la Región divulgó el Acuerdo Regional N° 25-2009-GR/GRM, que ordenó la suspensión de Ascuña Chavera al cargo de Consejero Delegado y Consejero Regional del Gobierno Regional por indisciplina e incumplimiento de funciones. También, publicó críticas que el periodista hace sobre la conducta del funcionario.
El periodista impugnó la sentencia y espera que en instancia superior se remedie el error judicial.
Sobre críticas ofensivas contra funcionarios públicos, precisa el artículo 11 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión ratificada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, "las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos (...) atentan contra la libertad de expresión".
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Esta alerta es responsabilidad de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú.
Para mayor información contactar con Roberto Mejía Alarcón, responsable de la Oficina de los Derechos Humanos del Periodista; Zuliana Lainez Otero y Juana Valderrama. Jirón Huancavelica 320, oficina 504, Lima-Perú. Tel (511) 4270687. Fax (51 1) 4278493. Web: http://www.anp.org.pe / www.ofip.blogspot.com , E-mail: anp@amauta.rcp.net.pe ; ofip.peru@gmail.com
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Para mayor información contactar con Roberto Mejía Alarcón, responsable de la Oficina de los Derechos Humanos del Periodista; Zuliana Lainez Otero y Juana Valderrama. Jirón Huancavelica 320, oficina 504, Lima-Perú. Tel (511) 4270687. Fax (51 1) 4278493. Web: http://www.anp.org.pe / www.ofip.blogspot.com , E-mail: anp@amauta.rcp.net.pe ; ofip.peru@gmail.com