El periodista Hermógenes Ordinola Arica, director de la revista "Portada Regional", en la provincia de Paita, departamento de Piura, fue absuelto de la presunta comisión del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada. Dicha querella fue interpuesta por Cesarego Gutarra Arrollo, representante legal de la empresa GOO FISH S.A.C., ante el Juzgado Unipersonal Provincial de Paita y admitida a trámite el pasado 30 de julio del 2009.
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El 9 de setiembre del 2009, Liliana Hayakawa Riojas, jueza penal unipersonal de la Provincia de Paita, emitió sentencia absolutoria en favor de Ordinola Arica, argumentando en la parte considerativa de su fallo "que del análisis de la prueba aportada y glosada, no se puede determinar la responsabilidad penal del imputado ya que en creencia cierta dicha publicación en ningún momento se refiere a la persona del querellante quien a través de la presente denuncia se ha dado por aludido sin habérsele designado en tal publicación". Falla, por tanto, "absolviendo al denunciado Hermógenes Ordinola Arica, como persona natural, como director de la revista "Portada Regional" y, al mismo tiempo, como representante de la empresa 'América Imagen & Publicidad', del delito contra el honor, en la modalidad de difamación agravada".
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En el mes de junio del 2009, en la edición 54 de la revista "Portada Regional", página 14, salió publicada una nota de opinión titulada "El DRAMA DE LOS PESCADORES DE CALAMAR GIGANTE (POTA)", en la cual – refiere el director de la revista–, el comunicador que escribió la nota, basó su apreciación crítica en un problema existente en Pisco. Se relata la historia de humildes pescadores que "les cuesta la vida" dedicarse a esta faena y que reciben pagas de "limosna" por sus productos de "un maldecido intermediario". Menciona de forma general a "procesadores artesanales de harina de pota", quienes "trabajan al margen de la ley", al "empresario procesador", al "intermediario y al quemador artesanal". Ya en la parte final, expresa: "así el intermediario sigue aumentando sus arcas con signos de riqueza escandalosos, allí están por ejemplo, los Moran, Pingo, Gutarra, entre otros".
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Esta publicación fue una de las "pruebas" que presentó Cesarego Hugo Gutarra Arroyo, para interponer la querella contra el periodista, según dijo, por causarle "inmenso daño moral". El director de la revista en su defensa ha manifestado que la publicación "ha tenido un interés netamente periodístico y que en ningún momento se menciona el nombre del empresario, por consiguiente, no ha existido la intención de perjudicar o causar daño a nadie".
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El 9 de setiembre del 2009, Liliana Hayakawa Riojas, jueza penal unipersonal de la Provincia de Paita, emitió sentencia absolutoria en favor de Ordinola Arica, argumentando en la parte considerativa de su fallo "que del análisis de la prueba aportada y glosada, no se puede determinar la responsabilidad penal del imputado ya que en creencia cierta dicha publicación en ningún momento se refiere a la persona del querellante quien a través de la presente denuncia se ha dado por aludido sin habérsele designado en tal publicación". Falla, por tanto, "absolviendo al denunciado Hermógenes Ordinola Arica, como persona natural, como director de la revista "Portada Regional" y, al mismo tiempo, como representante de la empresa 'América Imagen & Publicidad', del delito contra el honor, en la modalidad de difamación agravada".
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En el mes de junio del 2009, en la edición 54 de la revista "Portada Regional", página 14, salió publicada una nota de opinión titulada "El DRAMA DE LOS PESCADORES DE CALAMAR GIGANTE (POTA)", en la cual – refiere el director de la revista–, el comunicador que escribió la nota, basó su apreciación crítica en un problema existente en Pisco. Se relata la historia de humildes pescadores que "les cuesta la vida" dedicarse a esta faena y que reciben pagas de "limosna" por sus productos de "un maldecido intermediario". Menciona de forma general a "procesadores artesanales de harina de pota", quienes "trabajan al margen de la ley", al "empresario procesador", al "intermediario y al quemador artesanal". Ya en la parte final, expresa: "así el intermediario sigue aumentando sus arcas con signos de riqueza escandalosos, allí están por ejemplo, los Moran, Pingo, Gutarra, entre otros".
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Esta publicación fue una de las "pruebas" que presentó Cesarego Hugo Gutarra Arroyo, para interponer la querella contra el periodista, según dijo, por causarle "inmenso daño moral". El director de la revista en su defensa ha manifestado que la publicación "ha tenido un interés netamente periodístico y que en ningún momento se menciona el nombre del empresario, por consiguiente, no ha existido la intención de perjudicar o causar daño a nadie".
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Esta alerta es responsabilidad de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú.
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Para mayor información contactar con Roberto Mejía Alarcón, responsable de la Oficina de los Derechos Humanos del Periodista; Zuliana Lainez Otero y Juana Valderrama Vela. Jirón Huancavelica 320, oficina 504, Lima-Perú. Tel (511) 4270687. Fax (51 1) 4278493. Web: http://www.anp.org.pe /, E-mail: anp@amauta.rcp.net.pe, ofip.peru@gmail.com