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jueves, junio 16, 2011

ANP EXPRESA PREOCUPACIÓN POR CONDENA DRÁSTICA Y DESPROPORCIONADA QUE MANTIENE EN PRISIÓN A PERIODISTA EN PUCALLPA

ANP EXPRESA PREOCUPACIÓN POR CONDENA DRÁSTICA Y DESPROPORCIONADA QUE MANTIENE EN PRISIÓN A PERIODISTA EN PUCALLPA

La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP), ante la prolongada detención arbitraria del periodista Paul Segundo Garay Ramírez, quien se encuentra recluido hace casi dos meses en la cárcel de Pucallpa en razón de sus actividades periodísticas, se dirige a la opinión pública para manifestar su rechazo y denuncia por la arbitrariedad que se cierne sobre el caso del periodista pucallpino.

Conforme se hizo público, en un pronunciamiento emitido con anterioridad por la ANP, el 19 de abril de 2011 en la provincia de Coronel Portillo, Región Ucayali, el Segundo Juzgado Penal de esta provincia dictó sentencia condenatoria contra el periodista Paul Segundo Garay Ramírez, conductor del programa radial La Voz del Pueblo, que se trasmite en la emisora La Exitosa, ante la querella planteada por Agustín López Cruz, quien ocupa el cargo de Fiscal Provincial, como consecuencia por diversos comentarios referidos a las actividades profesionales del citado magistrado, en la sentencia se ha dictado un fallo que causa verdadera sorpresa; se ha condenado a la pena efectiva de prisión al periodista querellado y a pagar la suma de 20 mil nuevos soles por concepto de reparación civil y cuya aplicación ha sido inmediata encontrándose el periodista Paul Segundo Garay Ramírez recluido en la cárcel pública, en mérito al mandato del referido juzgado.

Reiteramos nuestra denuncia, en el sentido de que la condena impuesta al periodista Paul Segundo Garay Ramírez es única en los anales de la justicia peruana, pues ha sido sentenciado injustamente al aplicársele una pena drástica, desproporcionada e inusual, sin considerar que no existe un agravio que justifique tal sentencia. Durante la tramitación del juicio, éste adujo vulneración del principio del debido proceso e indefensión, al no admitirse la impugnación de la validez de las pruebas que supuestamente lo implicaba en el delito materia de la querella.

Se observa con preocupación que, en la decisión judicial, no se ha tenido en cuenta el interés público por el juzgador de optar por el derecho al honor y no por la libertad de información, privilegiando la condición de fiscal del querellante y resaltando las calificaciones que se han vertido, pero dejando de hacer referencia al cuestionamiento que se plantea sobre la conducta funcional de los fiscales en Pucallpa y, en particular, la del fiscal cuestionado, sin valorarse que los actos personales que se denuncian sobre relaciones con la familia de una de las partes involucradas en un proceso en trámite, el mismo que se encuentra a cargo del ahora querellante, críticas que se refieren a la imagen negativa que tiene para el informador dicha conducta, por el prestigio y autoridad del cargo que ejerce en Pucallpa.

Asimismo, la condena que contiene la sentencia resulta de la opción del juzgado por sobredimensionar las frases injuriosas que se afirma han sido expresadas por el periodista Paul Segundo Garay Ramírez, pero que en realidad son frases de las que éste ha negado ser autor y aún cuando aquello hubiera ocurrido, son calificaciones que se originarían por la inconducta previamente denunciada por el citado hombre de prensa, tanto las de nivel funcional como las personales vinculadas a la imagen que debe exhibir un representante del Ministerio Público.

Fraccionar los hechos y ocultar las circunstancias y el fondo de la noticia dejan como falsas las frases injuriosas, que se afirma en la sentencia, constituye delito agravado contra el honor, y a la que correspondería una imposición de prisión efectiva y que deja visible la desigual consideración de intocable a la persona de un funcionario público, de un fiscal, al que se debe proteger no sólo de agravios y ofensas, sino de críticas, observaciones y opiniones hechas por los periodistas. Esto es, que trata de un personaje de interés público por excelencia, al parecer más allá del bien y del mal, y por ello en la sentencia se sugiere que la condición de fiscal del querellante convierte la infracción en un delito de mayor gravedad al que se pudiera haber inferido a cualquier otro ciudadano, en cuyo caso seguramente el fallo no hubiera sido dictado con la drasticidad que el comentado cuando se trata de un periodista.

Llama la atención la drasticidad de la pena impuesta, una condena efectiva de tres años de prisión y una indemnización económica imposible de pagar. Como resultado de esta decisión, el periodista Paul Segundo Garay Ramírez permanece recluido y cumpliendo condena en la cárcel de Pucallpa, a pesar de que se planteó recurso de apelación contra la misma y que se encuentra pendiente de resolución por la Sala Penal. Los hechos mencionados reflejan una realidad que no ha sido debidamente evaluada por el juzgado, el citado profesional no ofrece ningún tipo de peligrosidad social, no huye, ni se oculta de la justicia, etc., razón por la cual el proceso y la sentencia tienen más un carácter de represalia y de intimidación, para que no se publique ningún tipo de crítica, que de tramitar una querella por los canales constitucionales, pues las consecuencias están a la vista: blindar a los funcionarios públicos, en este caso a los fiscales, para que ningún periodista de la zona se atreva a cuestionar o expresar su disconformidad con la actuación de aquellos.

Consideramos que la drástica decisión cuestionada constituye además una medida que trasgrede los términos establecidos por la Constitución, en cuanto a garantizar el derecho a la libertad de expresión, por no revestir la gravedad que se menciona y más bien aparece como un retorno a épocas pasadas de autoritarismo en las que se recurría a perseguir a la prensa, lograr la censura mediante métodos de acoso e intimidación valiéndose de los tribunales de justicia, convirtiendo en intocables a las autoridades y funcionarios públicos.

Ante los graves hechos que denunciamos públicamente, la ANP expresa su rechazo y profunda preocupación ante la amenaza a la libertad de expresión que representa la carcelería que viene sufriendo el periodista Paul Segundo Garay Ramírez en la prisión de Pucallpa, y demanda a las instancias del Poder Judicial la inmediata libertad del citado hombre de prensa.



16 de junio del 2011


COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL