Alerta Perú (CORONEL PORTILLO)
PERIODISTA CONTINUARÁ EN PRISIÓN: VOCALES CONFIRMAN SENTENCIA CONDENATORIA
El 27 de julio de 2011, en la provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que preside el vocal Frederic Rivera Berrospi e integran los vocales Betty Martha Matos Sánchez y Federico Guzmán Crespo, confirmó la sentencia que condenó a prisión efectiva al periodista Paúl Segundo Garay Ramírez, por el presunto delito de difamación.
En el fallo se le impone una pena de 18 meses de prisión y se le obliga al pago de 20 mil nuevos soles (aproximadamente 7 mil 300 dólares americanos) por concepto de reparación civil en favor de Agustín López Cruz, Fiscal Provincial en lo Penal de Coronel Portillo, quien lo querelló. El periodista, además, deberá cancelar una multa de 200 días a razón del 35 por ciento de su ingreso diario que equivale al pago total de 3 mil nuevos soles (aproximadamente 1,100 dólares americanos) en favor del Estado.
Los vocales Rivera Berrospi y Matos Sánchez, responsables de la sentencia, habían sido cuestionados públicamente por el periodista por presuntos vínculos con personas involucradas en hechos de corrupción, razones fundadas para dudar de su imparcialidad. Por ello, antes de la sentencia, Garay Ramírez les recusó. Pese a ello, resolvieron confirmar la sentencia que emitió Jesús Alcibíades Morote Mescua, juez del Segundo Juzgado Penal, quien sentenció al periodista a tres años de prisión efectiva.
En primera instancia el juez Morote Mescua admitió a trámite la querella y condenó al periodista, crítico de las autoridades del Poder Judicial y del Ministerio Público, pese a que debió inhibirse, por existir motivos suficientes de duda sobre su imparcialidad al estar el querellante adjudicado como fiscal en su juzgado.
Tanto el juez como el colegiado, sustentan su falló únicamente en un audio de 52 segundos, presentado por el querellante y no probado como auténtico, pues no hay certeza de que sea la voz del periodista ni que el contenido de la grabación no fuera editada.
Respecto al pago de la reparación civil, los vocales justifican el monto en razón de que López Cruz tiene la calidad de Fiscal Provincial en lo Penal, quien –según se expresa en la sentencia- "transmite y protege principios de honradez y de comportamiento moral, porque justamente son componentes esenciales de todo magistrado". Por tanto, el supuesto agravio en su contra impactó sobre su imagen muy reconocida que el periodista, supuestamente, deterioró generando en él "inquietud, desasosiego y perturbaciones. Como tal es justo que sean compensadas con una cantidad de dinero suficiente que le devuelva el bienestar perdido".
PERIODISTA CONTINUARÁ EN PRISIÓN: VOCALES CONFIRMAN SENTENCIA CONDENATORIA
El 27 de julio de 2011, en la provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que preside el vocal Frederic Rivera Berrospi e integran los vocales Betty Martha Matos Sánchez y Federico Guzmán Crespo, confirmó la sentencia que condenó a prisión efectiva al periodista Paúl Segundo Garay Ramírez, por el presunto delito de difamación.
En el fallo se le impone una pena de 18 meses de prisión y se le obliga al pago de 20 mil nuevos soles (aproximadamente 7 mil 300 dólares americanos) por concepto de reparación civil en favor de Agustín López Cruz, Fiscal Provincial en lo Penal de Coronel Portillo, quien lo querelló. El periodista, además, deberá cancelar una multa de 200 días a razón del 35 por ciento de su ingreso diario que equivale al pago total de 3 mil nuevos soles (aproximadamente 1,100 dólares americanos) en favor del Estado.
Los vocales Rivera Berrospi y Matos Sánchez, responsables de la sentencia, habían sido cuestionados públicamente por el periodista por presuntos vínculos con personas involucradas en hechos de corrupción, razones fundadas para dudar de su imparcialidad. Por ello, antes de la sentencia, Garay Ramírez les recusó. Pese a ello, resolvieron confirmar la sentencia que emitió Jesús Alcibíades Morote Mescua, juez del Segundo Juzgado Penal, quien sentenció al periodista a tres años de prisión efectiva.
En primera instancia el juez Morote Mescua admitió a trámite la querella y condenó al periodista, crítico de las autoridades del Poder Judicial y del Ministerio Público, pese a que debió inhibirse, por existir motivos suficientes de duda sobre su imparcialidad al estar el querellante adjudicado como fiscal en su juzgado.
Tanto el juez como el colegiado, sustentan su falló únicamente en un audio de 52 segundos, presentado por el querellante y no probado como auténtico, pues no hay certeza de que sea la voz del periodista ni que el contenido de la grabación no fuera editada.
Respecto al pago de la reparación civil, los vocales justifican el monto en razón de que López Cruz tiene la calidad de Fiscal Provincial en lo Penal, quien –según se expresa en la sentencia- "transmite y protege principios de honradez y de comportamiento moral, porque justamente son componentes esenciales de todo magistrado". Por tanto, el supuesto agravio en su contra impactó sobre su imagen muy reconocida que el periodista, supuestamente, deterioró generando en él "inquietud, desasosiego y perturbaciones. Como tal es justo que sean compensadas con una cantidad de dinero suficiente que le devuelva el bienestar perdido".
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Esta alerta es responsabilidad de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú.
Para mayor información contactar con Roberto Mejía Alarcón, responsable de la Oficina de los Derechos Humanos del Periodista; Zuliana Lainez Otero y Juana Valderrama. Jirón Huancavelica 320, oficina 504, Lima-Perú. Tel (511) 4270687. Fax (51 1) 4278493. Web: http://www.anp.org.pe / www.ofip.blogspot.com , E-mail: anp@amauta.rcp.net.pe , ofip.peru@gmail.com