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jueves, abril 27, 2006

NO ME DICEN NADA NUEVO

"RED MUNDIAL DE PERIODISTAS CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO Y LA CORRUPCION"



“Año de la Consolidación Democrática”



Informe Legal N° 003-2006-OFIP.AL.CJ

Lima 21 de abril del 2006


Señor:
Samuel Valera Yépez
Director de noticias de Radio Julcán
Trujillo.-


De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, a fin de hacerle llegar el informe legal sobre las querellas interpuesta contra usted y Ever Oblitas Bravo.


I.- ANALISIS LEGAL.

A) En el proceso judicial instaurado en su contra, cuyo querellante es don Eli Abnego Peralta Vargas, el supuesto delito se encuentra tipificado en el Título segundo, delitos contra el honor, artículo 132° del Código Penal vigente, donde se tipifica el delito de difamación, el mismo que se da en el supuesto de que una persona difunda la noticia ante varios sujetos, de un hecho o una conducta que perjudique el honor o reputación de otra persona, este tipo de conductas tienen una pena privativa de la libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días-multa.

Además cuando el delito se comete por medio de la radio, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenticinco días-multa.

B) En el caso de la querella interpuesta por Walter Hilario Blas, ha sido aperturada contra usted por el presunto delito de Difamación Agraviada y Calumnia, esta última tipificada en el Artículo 131 del Código Penal como la atribución falsa que un sujeto hace a una persona sobre un delito, la pena privativa de libertad será no menor de uno ni mayor de dos años y con noventa a ciento veinte días-multa.


II.- PROCEDIMIENTO

Los delitos contra el honor cuentan con un procedimiento especial, una vez recibida la querella el Juez dicta un auto de apertura de investigación, la misma que tiene un plazo de 08 días, para luego fallar dentro del término de 5 días, conforme al “libro IV, título II artículo 314 del Código de Procedimientos Penales”.

III.- ESTADO DEL PROCESO

En ambos casos el estado del proceso se encuentra con Auto de Apertura de Instrucción y con fecha programada para la actuación de la diligencia de Audición y transcripción del contenido del CD ofrecido por el querellante como medio de prueba.


IV.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

- Asistir a cada una de las diligencias programadas.

- Asimismo le solicitamos remitir el mail y número de teléfono de su abogado para mantenernos en constante coordinación.

Estaremos a la espera de su pronta respuesta.

Atentamente




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Erick M. Casiano Valdivieso Carlos Alberto Juárez Córdova
Asesor Legal




OFICINA DE DERECHOS HUMANOS DEL PERIODISTA
ASOCIACIÓN NACIONAL DE PERIODISTAS DEL PERÚ
Línea de emergencia 080011310
Fax: 01-4278493anp@amauta.rcp.net.pe