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sábado, mayo 26, 2007

DEMANDA CONTRA DOS PERIODISTAS: FRENTE A LA VERDAD, SE CALENTÓ EL CAMARISTA GABRIEL CAVALLO

Redacción de Tribuna

El camarista Gabriel Cavallo demandó a dos periodistas y a una editorial por el contenido de un libro de investigación, que interpreta su ascenso en 2001 a la Cámara Federal como un premio del Gobierno de Fernando de la Rúa al presunto freno por su parte a la causa de las supuestas coimas en el Senado. Fuentes judiciales informaron a ... que la acción del juez de la Sala I de la Cámara Federal va dirigida contra los coautores Juan Gasparini - sobreviviente del centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA- y Norberto Bermúdez -exiliado de la dictadura-, más los responsables de "Ediciones B Argentina S.A.".

El magistrado achacó en su planteo judicial contra el trío la presunta comisión del delito de "daños y perjuicios" por las afirmaciones plasmadas en el libro LA PRUEBA - Sobornos en el Senado de la Nación por la Reforma Laboral. Quiénes y cómo complotaron, de venta en todas las librerías.

"La actividad desplegada por los demandados ha sido netamente agraviante hacia mi persona, ya que se ha dudado -sin fundamento alguno- de mi calidad e idoneidad como magistrado, se me ha dicho que no he investigado una causa judicial a cambio de obtener un ascenso, se dijo que no investigué, que cometí delitos, entre otras manifestaciones sensacionalistas y maliciosas en mi contra", protestó el magistrado.

Asistido por los abogados Pablo Jacoby -considerado en el foro porteño un especialista en la defensa de periodistas- y Patricio Carballés, el camarista reclamó un resarcimiento indemnizatorio de 100.000 pesos y la difusión de la sentencia en diarios nacionales e Internet por "las publicaciones agraviantes realizadas contra mi persona".

El expediente número 113.176/02 tramita en el juzgado en lo civil número 101, cuyo titular es Mario Hugo Lezama, luego que fracasaran varias y obligatorias audiencias de conciliación, en las que el camarista exigió a los periodistas que se retractaran de sus escritos y éstos se negaran a dar marcha atrás.

Cavallo estuvo al frente de la causa desde el 14 de febrero de 2001 y, según la obra ahora en cuestión, cuatro días más tarde "suspendió las declaraciones indagatorias previstas por su antecesor del jefe de la SIDE, Fernando de Santibañez, y el jefe del bloque de senadores radicales, José Genoud" (ambos hoy procesados y por ir a juicio oral).

Poco después, en septiembre, el Consejo de la Magistratura lo incluyó en una terna de aspirantes a camarista federal, tras un concurso de antecedentes y oposición, y el Senado y el Gobierno de De la Rúa terminaron aupándolo a la Sala I del tribunal de apelaciones, cargo que asumió el 8 de noviembre de 2001. En su contestación a la demanda, el periodista Gasparini -vino a Buenos Aires desde Suiza donde vive para presentar un escrito de 72 páginas en el juzgado- se expresó en duros términos y enrostra a Cavallo "evadirse" y "victimizarse" de la "aparente responsabilidad en su gestión judicial que desde las fuentes consultadas por los autores se le critica severamente".

"El Doctor Cavallo mata al mensajero, viene contra nosotros porque nos imagina vulnerables, se victimiza como una forma de evitar mirar al verdadero rostro de la triste historia que relatamos que es la fuente de nuestra información", señaló el profesional de la información.

Con la asistencia del abogado Eduardo Soares, el periodista defendió su obra y negó "haber pretendido brindar a sabiendas datos falsos; que en el libro se realicen conjeturas falsas y totalmente arteras; que el libro tenga intención de brindar información falsa; que pretenda desacreditar al actor y deliberadamente
desprestigiarlo".

Entre las medidas de prueba propuestas por Cavallo se incluyen los testimonios del ex titular de la Oficina Anticorrupción, Manuel Garrido, y el fiscal federal Eduardo Taiano, mientras que Gasparini pidió la testimonial de la senadora Cristina Fernández de Kirchner, que investigara las coimas del Sendo y ex vicepresidetne Carlos "Chacho" Álvarez.

La lista de testigos del demandado incluye a fiscales, jueces, abogados y periodistas.

Parte de la respuesta del periodista Gasparini a la querella

(...) A simple vista el actor intenta dar la sensación de presentarse respaldado por abundante prueba que vendría a acreditar los extremos que propone y que serían básicamente los famosos decretos que agita como bandera que avalarían la actividad desplegada al comando de las actuaciones.

Afirma que a través de tales decretos presuntamente dispuso una serie de medidas, o cuando acusaba recibo de papeles, pero la demanda no aporta pruebas sobre el seguimiento y los resultados de esas órdenes, ni si los papeles que recibió o las instrucciones que impartió sirvieron de algo. El juez debe garantizar la ejecución de sus decisiones y eso no aparece en la documentación mencionada en la demanda.

Dar una orden es una formalidad si no tiene concretización. El juez es responsable de dar la orden y que se cumpla.

Con el debido respeto a V.S. por la impertinencia pero debo recordar al Tribunal que estamos hablando de otro fuero donde no es la actividad de las partes la esencial, sino la del magistrado a cargo y dueño de la investigación, según las normas procesales.
La Ley ritual penal de la Nación otorga al Juez un poder absoluto sobre la investigación y no siempre es reemplazado por la actividad de las partes del proceso. En definitiva quien resuelve es el magistrado y quien tiene la obligación de velar y resguardar el cumplimiento de sus propias resoluciones.

En muchas ocasiones el juez Cavallo ha dado lugar a medidas de prueba, pero es sorprendente que las delegara en la policía, brazo del poder político cuestionado en el sumario de los sobornos en el Senado, y reacia a trabajar en serio por la causa judicial, como queda palmariamente claro a lo largo de ese procedimiento en épocas que Cavallo instruyera, tal como lo atestigua La Prueba.

Esta afirmación podrá o no ser compartida, podrá discutirse, pero de ninguna manera puede ser objeto de escarnio condenándola como constitutiva de un daño o una difamación.

Acuérdese o no con el concepto vertido ello no implica automáticamente la tachadura de malicia.

Tampoco aparecen en los decretos y certificados citados por Gabriel Cavallo en la demanda cargos o imputaciones contra los sospechosos de cometer delitos. No hay cargas penales contra nadie. Por tanto no rebate las alegaciones del libro, que le critica no haber realmente investigado. No hay en su demanda vestigios o datos que haya fehacientemente investigado de manera concreta a la SIDE y a los senadores corruptos, ni la versión del asimismo imputado Fernando de Santibáñez, por ejemplo sobre el pago con retraso a deudas de la SIDE a compañías telefónicas. Hay pedidos de información que, como tales, no sirven de nada, en la medida que no conducen a clarificar o desmentir indicios de delitos y a esclarecer extremos vertidos en declaraciones de descargo o de acusación que obran en autos. El juez Cavallo, según tiene declarado al diario La Nación del 3 de julio de 2001, sostuvo que los sobornos se pagaron pero que no sabía quien. Esta fue una manera elegante de frustrar la causa, ya que si no hay pagador y no hay cobrador, no hay cohecho activo ni pasivo y, consecuentemente, no se cometió delito alguno. Existían entonces en el sumario los elementos que permitieron con posterioridad al paso de Cavallo por ese expediente afirmar que los sobornos fueron pagados por el gobierno de Fernando De la Rúa, que el dinero salió de la SIDE, que un grupo de senadores fueron corrompidos, que dos altos funcionarios de ese gobierno corrompieron a esos legisladores, y que era posible avanzar en la investigación, como lo insto oportunamente el jefe de la SIGEN, Rafael Bielsa, y como se verificó recientemente en el envío de la causa a juicio oral por el juez federal Daniel Rafecas, según anunciara el diario Clarín, el 20 de febrero de 2007.
¿De qué sirve en autos la prueba del actor? Es una simple cortina de humo para hacer desaparecer -como se dijo arriba- el aspecto principal de la cuestión, la esencia de lo que planteamos en el libro: que la investigación, tanto en la etapa de Liporace como de Cavallo no produjo resultados.

La relatividad de la prueba de la contraria nos lleva a dejar de ver que lo esencial siguen siendo los sobornos.

En el sumario de los sobornos del Senado cuando lo tuviera a su cargo Gabriel Cavallo como en varias causas emblemáticas de la corrupción en Argentina, se verifica que cuando la investigación se acerca verdaderamente al núcleo del delito y se aproxima al poder, automáticamente por cualquier razón oportunista se interrumpe la pesquisa. Se buscan insolventes garantías individuales o falaces faltas de pruebas y se archivan los expedientes o se los postra en el inútil letargo, que fue lo que aconteció con las coimas del Senado cuando era instructor Gabriel Cavallo.

Para La Prueba no quedaban dudas que el juez Cavallo subordinó la marcha de la causa a sus fines: la designación como camarista, y no fue el único medio de prensa o de literatura política que lo dijo, pese a que Cavallo se ensaña con este libro en una persecución que ya dura cinco años, mientras que a otros periodistas, como Joaquín Morales Solá, y a dirigentes políticos, como Carlos Chacho Álvarez, que fueron al respecto más duros con él que La Prueba, no los ataca. Acaso no lo hace porque estas dos personalidades son reconocidas y están protegidas por sectores importantes del poder, y quizás Cavallo cree que en mi caso, como co-autor de La Prueba, me encuentro desguarnecido, viviendo en el extranjero, sin apoyos e incapaz de librar combate y defenderme.

O quizás solo accione para salvar las apariencias de ofendido a partir de hechos que le imputamos y quedar así a salvo en su "honor" toda vez que cumple con su obligación formal de no dejarla pasar.

La afirmaciones del Libro no son antojadizas ya que recogen testimonios y documentos, versiones presenciadas por actores directos del nefasto hecho investigado y -por desgracia para nosotros- ni siquiera podemos afirmar que somos los descubridores de las aberraciones descriptas porque ya antes que nosotros hay abundantes testimonios escritos que recogen de una u otra forma lo que nosotros afirmamos y volcamos en la obra a partir de fuentes que nos han merecido confianza y credibilidad. Citemos como ejemplos revistas como "Noticias" "Tres puntos" o libros como "Todo se sabrá algún día" o "Sin excusas".

A tal fin, por mi parte sí aportaré abajo prueba fehaciente que acredita lo antes expuesto.

Que Cavallo hizo obstrucción al avance de la investigación para obtener como premio un ascenso en la carrera judicial, fue detalladamente fundamentado en el libro de Joaquín Morales Sola, El sueño eterno, que salió a librerías en diciembre de 2001, contra el cual Cavallo, que se conozca, no ha emprendido iniciativa judicial o extrajudicial alguna. El Dr. Cavallo es la expresión del doble discurso, haciendo formalmente cosas que sabe que no se cumplen en el plano material, o simulando que las hace, o dejando planear la sospecha de irregularidades. Así tenemos un ejemplo cuando -como juez- fue acusado por el Tribunal Oral que juzgara la causa AMIA, de haber favorecido anomalías en la investigación de ese atentado, llevando a que la Unidad AMIA del ministerio de Justicia, pidiera su investigación, según resumiera el diario La Nación del 26 de mayo de 2005.

Cerrando éste punto se concluye que la prueba actora carece de sustento a los efectos de discutir la profundidad del planteo del libro y constituye un arreglo cosmético ante la carencia de acreditación de los puntos esenciales que debe probar el actor: la existencia de hechos falaces, la malicia o dolo de mi parte a partir de su descripción y el real daño producido. Cavallo no prueba ni intenta probar nada de esto.

Juan Gasparini

Redacción de Tribuna

El camarista Gabriel Cavallo demandó a dos periodistas y a una editorial por el contenido de un libro de investigación, que interpreta su ascenso en 2001 a la Cámara Federal como un premio del Gobierno de Fernando de la Rúa al presunto freno por su parte a la causa de las supuestas coimas en el Senado. Fuentes judiciales informaron a ... que la acción del juez de la Sala I de la Cámara Federal va dirigida contra los coautores Juan Gasparini - sobreviviente del centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA- y Norberto Bermúdez -exiliado de la dictadura-, más los responsables de "Ediciones B Argentina S.A.".

El magistrado achacó en su planteo judicial contra el trío la presunta comisión del delito de "daños y perjuicios" por las afirmaciones plasmadas en el libro LA PRUEBA - Sobornos en el Senado de la Nación por la Reforma Laboral. Quiénes y cómo complotaron, de venta en todas las librerías.

"La actividad desplegada por los demandados ha sido netamente agraviante hacia mi persona, ya que se ha dudado -sin fundamento alguno- de mi calidad e idoneidad como magistrado, se me ha dicho que no he investigado una causa judicial a cambio de obtener un ascenso, se dijo que no investigué, que cometí delitos, entre otras manifestaciones sensacionalistas y maliciosas en mi contra", protestó el magistrado.
Asistido por los abogados Pablo Jacoby -considerado en el foro porteño un especialista en la defensa de periodistas- y Patricio Carballés, el camarista reclamó un resarcimiento indemnizatorio de 100.000 pesos y la difusión de la sentencia en diarios nacionales e Internet por "las publicaciones agraviantes realizadas contra mi persona".
El expediente número 113.176/02 tramita en el juzgado en lo civil número 101, cuyo titular es Mario Hugo Lezama, luego que fracasaran varias y obligatorias audiencias de conciliación, en las que el camarista exigió a los periodistas que se retractaran de sus escritos y éstos se negaran a dar marcha atrás.

Cavallo estuvo al frente de la causa desde el 14 de febrero de 2001 y, según la obra ahora en cuestión, cuatro días más tarde "suspendió las declaraciones indagatorias previstas por su antecesor del jefe de la SIDE, Fernando de Santibañez, y el jefe del bloque de senadores radicales, José Genoud" (ambos hoy procesados y por ir a juicio oral).

Poco después, en septiembre, el Consejo de la Magistratura lo incluyó en una terna de aspirantes a camarista federal, tras un concurso de antecedentes y oposición, y el Senado y el Gobierno de De la Rúa terminaron aupándolo a la Sala I del tribunal de apelaciones, cargo que asumió el 8 de noviembre de 2001. En su contestación a la demanda, el periodista Gasparini -vino a Buenos Aires desde Suiza donde vive para presentar un escrito de 72 páginas en el juzgado- se expresó en duros términos y enrostra a Cavallo "evadirse" y "victimizarse" de la "aparente responsabilidad en su gestión judicial que desde las fuentes consultadas por los autores se le critica severamente".

"El Doctor Cavallo mata al mensajero, viene contra nosotros porque nos imagina vulnerables, se victimiza como una forma de evitar mirar al verdadero rostro de la triste historia que relatamos que es la fuente de nuestra información", señaló el profesional de la información.

Con la asistencia del abogado Eduardo Soares, el periodista defendió su obra y negó "haber pretendido brindar a sabiendas datos falsos; que en el libro se realicen conjeturas falsas y totalmente arteras; que el libro tenga intención de brindar información falsa; que pretenda desacreditar al actor y deliberadamente
desprestigiarlo".

Entre las medidas de prueba propuestas por Cavallo se incluyen los testimonios del ex titular de la Oficina Anticorrupción, Manuel Garrido, y el fiscal federal Eduardo Taiano, mientras que Gasparini pidió la testimonial de la senadora Cristina Fernández de Kirchner, que investigara las coimas del Sendo y ex vicepresidetne Carlos "Chacho" Álvarez.

La lista de testigos del demandado incluye a fiscales, jueces, abogados y periodistas.


Parte de la respuesta del periodista Gasparini a la querella

(...) A simple vista el actor intenta dar la sensación de presentarse respaldado por abundante prueba que vendría a acreditar los extremos que propone y que serían básicamente los famosos decretos que agita como bandera que avalarían la actividad desplegada al comando de las actuaciones.

Afirma que a través de tales decretos presuntamente dispuso una serie de medidas, o cuando acusaba recibo de papeles, pero la demanda no aporta pruebas sobre el seguimiento y los resultados de esas órdenes, ni si los papeles que recibió o las instrucciones que impartió sirvieron de algo. El juez debe garantizar la ejecución de sus decisiones y eso no aparece en la documentación mencionada en la demanda.

Dar una orden es una formalidad si no tiene concretización. El juez es responsable de dar la orden y que se cumpla.

Con el debido respeto a V.S. por la impertinencia pero debo recordar al Tribunal que estamos hablando de otro fuero donde no es la actividad de las partes la esencial, sino la del magistrado a cargo y dueño de la investigación, según las normas procesales.

La Ley ritual penal de la Nación otorga al Juez un poder absoluto sobre la investigación y no siempre es reemplazado por la actividad de las partes del proceso. En definitiva quien resuelve es el magistrado y quien tiene la obligación de velar y resguardar el cumplimiento de sus propias resoluciones.

En muchas ocasiones el juez Cavallo ha dado lugar a medidas de prueba, pero es sorprendente que las delegara en la policía, brazo del poder político cuestionado en el sumario de los sobornos en el Senado, y reacia a trabajar en serio por la causa judicial, como queda palmariamente claro a lo largo de ese procedimiento en épocas que Cavallo instruyera, tal como lo atestigua La Prueba.

Esta afirmación podrá o no ser compartida, podrá discutirse, pero de ninguna manera puede ser objeto de escarnio condenándola como constitutiva de un daño o una difamación.

Acuérdese o no con el concepto vertido ello no implica automáticamente la tachadura de malicia.

Tampoco aparecen en los decretos y certificados citados por Gabriel Cavallo en la demanda cargos o imputaciones contra los sospechosos de cometer delitos. No hay cargas penales contra nadie. Por tanto no rebate las alegaciones del libro, que le critica no haber realmente investigado. No hay en su demanda vestigios o datos que haya fehacientemente investigado de manera concreta a la SIDE y a los senadores corruptos, ni la versión del asimismo imputado Fernando de Santibáñez, por ejemplo sobre el pago con retraso a deudas de la SIDE a compañías telefónicas. Hay pedidos de información que, como tales, no sirven de nada, en la medida que no conducen a clarificar o desmentir indicios de delitos y a esclarecer extremos vertidos en declaraciones de descargo o de acusación que obran en autos. El juez Cavallo, según tiene declarado al diario La Nación del 3 de julio de 2001, sostuvo que los sobornos se pagaron pero que no sabía quien. Esta fue una manera elegante de frustrar la causa, ya que si no hay pagador y no hay cobrador, no hay cohecho activo ni pasivo y, consecuentemente, no se cometió delito alguno. Existían entonces en el sumario los elementos que permitieron con posterioridad al paso de Cavallo por ese expediente afirmar que los sobornos fueron pagados por el gobierno de Fernando De la Rúa, que el dinero salió de la SIDE, que un grupo de senadores fueron corrompidos, que dos altos funcionarios de ese gobierno corrompieron a esos legisladores, y que era posible avanzar en la investigación, como lo insto oportunamente el jefe de la SIGEN, Rafael Bielsa, y como se verificó recientemente en el envío de la causa a juicio oral por el juez federal Daniel Rafecas, según anunciara el diario Clarín, el 20 de febrero de 2007.

¿De qué sirve en autos la prueba del actor? Es una simple cortina de humo para hacer desaparecer -como se dijo arriba- el aspecto principal de la cuestión, la esencia de lo que planteamos en el libro: que la investigación, tanto en la etapa de Liporace como de Cavallo no produjo resultados.
La relatividad de la prueba de la contraria nos lleva a dejar de ver que lo esencial siguen siendo los sobornos.

En el sumario de los sobornos del Senado cuando lo tuviera a su cargo Gabriel Cavallo como en varias causas emblemáticas de la corrupción en Argentina, se verifica que cuando la investigación se acerca verdaderamente al núcleo del delito y se aproxima al poder, automáticamente por cualquier razón oportunista se interrumpe la pesquisa. Se buscan insolventes garantías individuales o falaces faltas de pruebas y se archivan los expedientes o se los postra en el inútil letargo, que fue lo que aconteció con las coimas del Senado cuando era instructor Gabriel Cavallo.

Para La Prueba no quedaban dudas que el juez Cavallo subordinó la marcha de la causa a sus fines: la designación como camarista, y no fue el único medio de prensa o de literatura política que lo dijo, pese a que Cavallo se ensaña con este libro en una persecución que ya dura cinco años, mientras que a otros periodistas, como Joaquín Morales Solá, y a dirigentes políticos, como Carlos Chacho Álvarez, que fueron al respecto más duros con él que La Prueba, no los ataca. Acaso no lo hace porque estas dos personalidades son reconocidas y están protegidas por sectores importantes del poder, y quizás Cavallo cree que en mi caso, como co-autor de La Prueba, me encuentro desguarnecido, viviendo en el extranjero, sin apoyos e incapaz de librar combate y defenderme.

O quizás solo accione para salvar las apariencias de ofendido a partir de hechos que le imputamos y quedar así a salvo en su "honor" toda vez que cumple con su obligación formal de no dejarla pasar.

La afirmaciones del Libro no son antojadizas ya que recogen testimonios y documentos, versiones presenciadas por actores directos del nefasto hecho investigado y -por desgracia para nosotros- ni siquiera podemos afirmar que somos los descubridores de las aberraciones descriptas porque ya antes que nosotros hay abundantes testimonios escritos que recogen de una u otra forma lo que nosotros afirmamos y volcamos en la obra a partir de fuentes que nos han merecido confianza y credibilidad. Citemos como ejemplos revistas como "Noticias" "Tres puntos" o libros como "Todo se sabrá algún día" o "Sin excusas".

A tal fin, por mi parte sí aportaré abajo prueba fehaciente que acredita lo antes expuesto.

Que Cavallo hizo obstrucción al avance de la investigación para obtener como premio un ascenso en la carrera judicial, fue detalladamente fundamentado en el libro de Joaquín Morales Sola, El sueño eterno, que salió a librerías en diciembre de 2001, contra el cual Cavallo, que se conozca, no ha emprendido iniciativa judicial o extrajudicial alguna. El Dr. Cavallo es la expresión del doble discurso, haciendo formalmente cosas que sabe que no se cumplen en el plano material, o simulando que las hace, o dejando planear la sospecha de irregularidades . Así tenemos un ejemplo cuando -como juez- fue acusado por el Tribunal Oral que juzgara la causa AMIA, de haber favorecido anomalías en la investigación de ese atentado, llevando a que la Unidad AMIA del ministerio de Justicia, pidiera su investigación, según resumiera el diario La Nación del 26 de mayo de 2005.

Cerrando éste punto se concluye que la prueba actora carece de sustento a los efectos de discutir la profundidad del planteo del libro y constituye un arreglo cosmético ante la carencia de acreditación de los puntos esenciales que debe probar el actor: la existencia de hechos falaces, la malicia o dolo de mi parte a partir de su descripción y el real daño producido. Cavallo no prueba ni intenta probar nada de esto.
Juan Gasparini