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Involucran a gobierno provincial argentino en armado de presunta causa de instigación a cometer delito en contra de un sacerdote y un periodista
Las pruebas involucraría al gobierno de Romero como a la cuestionada justicia salteña que ordenó instruir una investigación contra el sacerdote Fernando Berain y el periodista Marco Díaz Muñoz, por supuesta instigación a cometer delito.
El sacerdote Fernando Berain y el periodista Marco Díaz Muñoz habían presenciado junto a más de 300 pobladores indígenas de origen Kolla, la película "Insurgencia Aymara", que narra la historia de organización del pueblo Aymará en Bolivia. La película fue exhibida en la plaza del pueblito de Santa Victoria Oeste, al norte de la provincia de Salta, en la frontera con la República de Bolivia.
Las dudas recaen sobre el gobierno
Sin conocer los pobladores originarios Kollas, los informes de inteligencia agregados en el expediente donde se investiga el supuesto delito, que calificaron que "Insurgencia Aymara". "Instiga a cometer delito", como también que el sacerdote es considerado como líder y que el periodista incita a la población a sumarse a Luchar en contra del gobierno de Romero. Fortalece las sospechas de una confabulación. Mencionada, por los aborígenes como posible conspiración del gobierno de Romero en contra del sacerdote y el periodista, denunciaban, los habitantes ancestrales a la Agencia de Noticias Copenoa. (Ver nota:"infantería salteña habría disparado a pobladores indígenas para justificar denuncia de instigación a cometer delito")
El la misma se cuestiona un irregular proceder premeditado por parte efectivos de inteligencia de la policía de la provincia de Salta. Para inculpar principalmente al sacerdote Berain, quien denuncia públicamente los atropellos del gobierno de Romero sobre los pobladores originarios y luego al periodista Díaz Muñoz, quien también expresa la ruptura sistemática de los garantías individuales en la provincia de Salta por parte del gobierno que encabeza Romero.
Como inician la causa del supuesto delito
En foja 1 del expediente iniciado por el Juzgado de Instrucción Formal de 8º Nominación a cargo del Juez Roberto Miranda y la Secretaria de la abogada Mariela Tallo se presenta adjunto una Constancia de Instrucción que detalla que el día 5 del mes de marzo del año 2007: "siendo hs. 21.45 se labra la presente acta con el objeto de dejar expresa constancia que en la fecha se recibió por vía correo electrónico al email: divoperacionesur1@yahoo.com.ar , dos informes uno de ellos cursados por el Insp. José Díaz Forniels, 2do Jefe de Unidad Regional Nº 1, otro sin detalle de informante y la trascripción de denuncia en Acta Única Policial.
El informe policial anónimo
El siguiente informe no posee firma como lo describe la Constancia de Instrucción y esta dirigido al Comisario Insp. Inocencio Copa, Jefe de la Unidad Regional Nº 1: "Me dirijo a Ud., a los fines de llevar a conocimiento que tome conocimiento por intermedio del OF. De Servicio Ayte. Javier Normando Echenique, que en la fecha en circunstancias en que se encontraba patrullando con personal a sus ordenes e informado por parte del director del Colegio Local quien expreso que en la Plaza Central, se estaba exhibiendo un film que exaltaba la violencia".
"Ante esto me desplace juntamente con el Oficial de servicio al lugar de mención donde se pudo constatar lo siguiente que se trataría de la proyección Pública de un Film, encontrándose la cantidad de 25 espectadores entre ellos campesinos, transeúntes. N dicha cinta se puede apreciar como los pobladores se enfrentan con las fuerzas de Orden y como mediante actos bárbaros se consiguen supuestas conquistas Sociales y las Fuerzas Policiales pueden ser derrotadas, mediante pedreas y palos".
"Ante esto se recepcionó denuncia en legal forma a Dante Atilio Báez sobre el film que se proyecto a posterior se realizo consulta judicial telefónica con el Fiscal correccional Nº 6 Facundo Ruiz De Los Llanos y Juez Correccional y Garantía Nº 3, quien enterado de la situación dispuso que se trate de prevenir actos de violencia, se recepcionen ampliación de denuncias al damnificado expresando fecha, lugar y circunstancias en que se sucedieron las amenazas recibidas. Es todo cuanto informo a Ud. Atentamente". Dice el texto.
El cura Líder y el periodista incitador, según la policía salteña
En el otro informe adjuntado en la Constancia de Instrucción que lleva el nombre del Comisario Insp. José Díaz Forniels, 2do Jefe de Unidad Regional Nº 1 y que extrañamente no tiene su firma, se lee una serie de descripciones con lenguaje de Servicio de Inteligencia como durante la
Dictadura Militar.
Sobre el sacerdote Fernando Berain se lee: "El cura párroco… encabeza como líder una manifestación…" "El sacerdote a hs 07:30 encabeza como líder una nueva manifestación en este caso en contra del Director Interino del Colegio Secundario Dante Báez…". El cura también es acusado en el informe de liderar una marcha donde se solicitaba justicia por el asesinato de Cintia Cabana en Santa Victoria Oeste
En relación a la descripción sobre el trabajo periodístico de Marco Díaz Muñoz se detalla: "Cabe hacer notar que de éstas últimas manifestaciones y movilizaciones por las calles de la localidad participa también el periodista MARCO MUÑOZ. Dejando establecido que esta persona realiza a lo
largo del día y en movilizaciones entrevistas en la Radio FM local, en donde incita a la población a sumarse a lo que denomina "Lucha" en contra del gobierno provincial".
Auxiliar de la justicia que reprimió a indignes determina que la película instiga a cometer delito
En Salta son constantes las denuncias de vejaciones a ciudadanos en contra de las fuerzas policiales durante procedimientos efectuados por estos, contra ciudadanos que no tienen culminación con procesamientos y sentencias ante estos apremios por parte de los ciudadanos denunciantes.
Siendo esto incluso manifestado por la Organización humanitaria Anmintia Internacional, en sus informes anuales.
La imparcialidad que bebería conllevar las instrucciones judiciales donde la policía de Salta actúa de auxiliar de esta, también constituye dudas sobre el desempeño de esta como Institución, que favorecería al ejecutivo provincial, al gobierno de Romero cuando este es cuestionado por la población civil y el periodismo independiente.
El ejecutivo quién ordena a la policía reprimir protestas sociales como aconteció en Santa Victoria Oeste, con 29 heridos de balas de goma entre ellos mujeres y niños. Esos mismos policías que participaron de esta cruel represión instruyen la investigación en la causa en cuestión, convirtiendo la misma en un proceso viciado.
La arbitrariedad de la policía de Salta quedó al descubierto en este proceso judicial iniciado contra el sacerdote Berain y Díaz Muñoz cuando un Sub Comisario determino, siendo auxiliar de esta investigación que la película en cuestión: "instigan a cometer delito".
En efecto el sub Comisario de la dependencia policial de Santa Victoria Oeste Jorge Herman Tala describe en un informe enviado al juzgado de Instrucción Formal 8º nominación sobre filmaciones realizadas por la policía de escenas de la película "Insurgencia Aymara" y sobre la misma, sin detallar si la vio en su totalidad: "Se observan que instigan a cometer delito". El mismo Tala, fue denunciado por mujeres Kollas como participe de esa represión. Lo que se verifica en la cobertura periodística, realizada por Díaz Muñoz, que recorrido el pías y el mundo.
Mientras que en un acta sobre la entrega del material grabado por el agente Luís Abrahan Castañares, quien fuera designado para filmar la película, trabajo que realizo grabando fragmentos del Film. Donde Castañares aclaro en el acta de entrega del material: "donde se instigaba a los pobladores a la violencia". Lo que sin lugar a dudas quebranta un proceso transparente de investigación. Advirtiendo que la película en cuestión bajo ningún punto de vista puede ser calificada como incitadora a cometer delito, ya que la misma constituye un evento cultural.
Un accionar sistemático retrogrado y peligroso que desvanece el sistema democrático en Salta
El avasallamiento sobre derechos y garantías constitucionales, tratados, pactos y convenios rubricados por el Estado argentino, que este firmo comprometiéndose a respetar y hacer cumplir, en la provincia de Salta son violados sistemáticamente. La persecución contra ciudadanos que ejerciendo sus derechos como el de libertad de expresión, consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que expresa: "Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones", como el articulo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole". Como el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, entre otros. Son letra muerta en la provincia de Salta.
El informe de inteligencia realizado por efectivos de la policía de la provincia de Salta, que da inicio a la instrucción de un supuesto delito, donde participa con una infundada denuncia, sobre apología de la violencia por haber visto la película "Insurgencia Aymara" por parte de los dirigentes políticos romerista, Dante Báez, y Wilson Retamozo. Son una prueba de las violaciones enunciadas con el agravante de la irregularía en el inicio de este proceso.
El seguimiento realizado por integrantes de inteligencia que describe sobre la participación del sacerdote Fernando Berain como: "El cura párroco… encabeza como líder una manifestación". En alusión a una marcha de silencio por el esclarecimiento de un asesinato de una adolescente y las manifestaciones contra el nombramiento irregular de un director, es un proceder que rompe el orden institucional y los derechos individuales de las personas.
En el informe de inteligencia que también se describe y detalla la participación del periodista Marco Díaz Muñoz, quien realizaba sus funciones como trabajador de prensa, que según los servicio salteños lo describieron como un incitador en contra del gobierno de Romero: "Dejando establecido que esta persona realiza a lo largo del día y en movilizaciones entrevistas en la Radio FM local, en donde incita a la población a sumarse a lo que denomina "Lucha" en contra del gobierno provincial".
Agrava aun más los avasallamientos denunciados, por parte del estado provincial, sobre el derecho de informar del trabajador de prensa.
Antecedentes intimidatorios contra la libertad de expresión en Salta
Los continuos ataques, intimidaciones por parte de la policía provincial en contra del periodista Marco Díaz Muñoz, cuando este cubría represiones contra la población civil, en la provincia de Salta desempeñándose laboralmente como corresponsal de Canal 13, Todo Noticias y actualmente de los noticieros del Canal América, y la Cadena de Noticias América 24.
Fueron aportadas por el periodista Díaz Muñoz en la presentación de una acción de amparo. Que contó con testigos, como periodistas, camarógrafos, y las pruebas de las continuas agresiones, intimidaciones y amenazas de muerte por parte de las fuerzas de seguridad salteña, documentadas en numerosos videos y fotografías.
Ésta acción de amparo se realizó con el patrocinio legal de la Dra. Mara Puntano. En ella solicitaba garantías, l resguardo del derecho a trabajar, a recibir y dar información, y la integridad física del periodista, fundamentada en los derechos garantizados por los artículos 14, 14 bis, 43 y 75 de la Constitución Nacional, articulo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos como de la Declaración Americana de Derechos Humanos y Deberes del Hombre, articulo 19 del pacto Internacional de Derechos y Civiles y Políticos y el articulo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, entre otros.
Fallo histórico a favor del periodismo en Salta
Con fecha 25 de julio de 2002, el juzgado de Instrucción Formal 4 Nominación de Salta, a cargo del Dr. Elio Gareca, hizo lugar a la acción de amparo presentada, ordenando al jefe de la policía de la provincia la urgente adaptación de medidas tendientes a que el personal de las fuerzas policiales a su cargo extreme los recaudos para garantizar el derecho de trabajar, a recibir y dar información y la integridad física y de los elementos de trabajo del periodista Marco Díaz Muñoz.
Agrega e fallo resolutorio: "Quedo debidamente probado que efectivos policiales adoptan conductas que obstaculizan, perturban y amenazan al amparista en el desempeño de su labor como periodista, ya sea ello reprimiéndolo, amedrentándolo, obstaculizándolo su paso, tapando la cámara o rompiendo los elementos de trabajo".
El gobernador Romero ordena apelar el fallo de protección a favor del periodismo.
Inmediatamente Juan Carlos Romero ordenó apelar ante la Corte de Justicia provincial la resolución del amparo a favor del periodismo. Al mismo tiempo, el Dr. Elio Gareca fue destituido por un Juri de enjuiciamiento conformado en su mayoría por adeptos al gobernador Romero.
Finalmente la Corte de Justicia confirmo el fallo de primera instancia dando lugar al amparo peticionado por el periodista. Extraído del Libro "Orden, Represión y Muerte" escrito por Marco Díaz Muñoz. ( Ampliaremos el caso )